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Me lo acaban de comunicar en el mes de marzo. Yo creo que no está ajustado a derecho pero tengo mis dudas
Saludos
Hola sergio:
sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
http://letradosalquileres.es.tl/El-embargo-de-la-vivienda-alquilada.htm
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
En cuanto se publique el índice que aplique a tu actualización.
En el contrato debería ponerlo.
Y una vez que te lo comunique, la siguiente mensualidad ya debes de pagarla actualizada.
Saludos - Papeleos Alquiler.
te lo debe avisar pasado el año, solo podrá ser del ipcgn, y deberás pagar dicha subida el siguiente mes de arrendamiento, o sea que si te llega el aviso el dia 28 de Febrero, debes pagarlo en Marzo.
Eso si, no te lo podrá cobrar con caracter retroactivo, es decir, que si te lo avisa en Mayo, deberás pagarlo desde entonces.
Puedes calcular tu mismo la subida en este enlace
http://www.ine.es/calcula/