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Me gustaría saber si los inquilinos pueden cancelar el contrato cuando quieran, o deben estar hasta que se finalice en 30 abril, si es así ¿qué puedo hacer contra ellos?
Si su contrato no contiene ninguna cláusula que despenalice el desistimiento anticipado, sus inquilinos estarán incurriendo en un incumplimiento de contrato. Partiendo de esta base, tiene varias opciones:
1) Si considera que el motivo es justificado y dejan la vivienda en buen estado, puede firmar la resolución del contrato de mutuo acuerdo y devolverles la fianza, o simplemente firmar la resolución y quedarse con la fianza por los perjuicios.
2) Si considera que el perjuicio que le causan es mayor que la fianza o los motivos del desistimiento no le parecen suficientes, puede negociar con los inquilinos el pago de una cantidad que le satisfaga a modo de indemnización y a cambio de no demandarles.
3) Si nada de lo anterior le parece oportuno o los inquilinos no se avienen a razones, puede presentar demanda ante el juzgado por incumplimiento de contrato. La jurisprudencia mayoritaria condena al inquilino en este caso a abonar las mensualidades que restan hasta el fin del contrato o hasta que se alquila de nuevo, más las costas judiciales. Si se decide por esta opción habrá de asegurarse de la solvencia de los inquilinos para que no le salga más caro el collar que el galgo.
Yo, en este caso, si la relación con el inquilino ha sido buena y/o tienen un motivo de peso para marcharse (el que hayan encontrado algo más baranto no lo es), no les pido nada. Pero esta es una decisión personal.
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