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Vivo el tercer periodo de 5 años de que he vivido dos y medio, resulta que quiero marcharme, pues entre otras lindece el acensor, puede estropearse como minimo tres veces en una semana y yo vivo en el 10º la clasulas dice que si resindo el contrato debere abonar un mes por cada año o vien la parte proporcional de este. Sin embargo los tecnicos del acednsor dicen que ya deben canviar el aparatoe este porque resulta que tiene mas de cuarenta años aguantando entranpeo y que un dia nos dara un buen susto. ¿tengo que pagar indenizacion para dejar el piso?
gracias
Cuando arrendatario y arrendador firman un contrato ambos han de cumplirlo. El arrendatario no puede cancelar el contrato unilateralmente porque necesita el piso y de igual manera el arrendador debe indemnizar al arrendatario si incumple el contrato. Un mes por año es lo que recomienda la Ley de arrendamientos urbanos en su texto.
En mi blog, http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/02/alquileres-indemnizacion-por.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica para cualquier asesoramiento complementario