Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Los inquilinos me avisaron de que se iban a los tres meses de alquilar.
llegue con ellos a un acuerdo de dos meses y renuncia de la fianza.
Uno de los meses me lo pagarodn por transferencia bancaria en el que pone alquiler octubre y el otro en un talon bancario.
¿como tengo que declaran ambos pagos?
Al quedarme la fianza yo correre con los recibos impagados (agua, luz, etc) ¿esta fianza la tengo que declarar como ingresos?
saluos
Antonio
Es un ingreso sujeto irpf como ganancia patrimonial.
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/