¿Cuáles son los pasos correctos para echar al inquilino al vencimiento del contrato de alquiler?
Tengo alquilado un piso un año y medio y el contrato establecía un perido de un año prorrogabe anualmente. En los últimos meses se retrasa en el pago y además cuando paga lo hace por cantidades inferiores a la pactada. Qué debo hacer para no tener problemas para que se vaya cuando venza el año y cómo puedo reclamar en el caso de que deja cantidades impagadas?.(Actualmente el importe que debe es superior a la fianza).-
El inquilino tiene derecho a las prórrogas obligatorias del contrato de arrendamiento durante un mínimo de cinco años si cumple con todas sus obligaciones. En este caso, según comentas hay retrasos en el pago del alquiler y cuando finalmente paga lo hace con cantidades inferiores a las pactadas. Y esas cantidades impagadas suman más que el importe de la fianza. En ese caso, puedes esperar a que termine este año de alquiler y enviarle un burofax en el que le comunicas la cancelación del contrato de alquiler acogiéndote al artículo 27.2.A: "Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas: a. La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario."
Pero, si lo deseas, no tienes por qué esperar a que se cumpla el segundo año de alquiler, al haberse producido impago, puedes enviarle este burofax cuando lo desees para comunicarle fehacientemente que cancelas el contrato de alquiler.
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