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Wanda10

profesional

Hola,me puede alguien explicar en que consiste un juicio ordinario?

Hola,pues quiero poner una demanda por precario pero el abogado con el que me asesore,me y me dice que seria mejor ponerla ordinario .me pueden explicar por favor?

  • Preguntado por: Wanda10
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Me parecen muy correcta las aportaciones de Amparo y Piscis, pero opino que si su abogado tiene un criterio no debe refutarselo con opiniones de profano, lea este enlace

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola.

    Adjunto "literatura" al respecto. Aunque debiste habérselo preguntado a tu abogado que siempre es mejor que un foro.

    http://cuestionesciviles.es/esquema-procesal-de-un-juicio-ordinario/

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    No lo digo yo, me he limitado a sacarlo de internet

    Se decidirán en juicio ordinario según la Ley de Enjuiciamiento Civil 

    Por razón de la materia:

    • Derechos honoríficos.
    • Pretendan la tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y las que pidan tutela judicial civil de cualquier otro derecho fundamental, excepto el derecho de rectificación.
    • Las demandas sobre impugnación de acuerdos sociales adoptados por Juntas o Asambleas Generales.
    • Las demandas en materia de competencia desleal, defensa de la competencia, en aplicación de los artículos 81 y 82 del Tratado de la Comunidad Europea o de los artículos 1 y 2 de la Ley de Defensa de la Competencia, propiedad industrial, propiedad intelectual y publicidad, siempre que no versen exclusivamente sobre reclamaciones de cantidad, en cuyo caso se tramitarán por el procedimiento que les corresponda en función de la cuantía que se reclame.
    •  Las que versen sobre cualesquiera asuntos relativos a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles, excepto las reclamaciones por falta de pago.
    • Acciones de retracto.

    Por razón de la cuantía:

    • Se decidirán también en el juicio ordinario las demandas cuya cuantía excedan de seis mil euros.

    Será preceptivo la representación por medio del procurador y la defensa por medio de un abogado, siendo competencia de los Juzgados de Primera instancia.

     

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