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azucar

inquilino/a

¿Caduca la devolución de fianza?

He comprado el piso en el que estaba arrendado y el día de la compra venta el ex-propietario me firmó un contrato que hice yo mismo para que me devolviera la fianza, me ha estado diciendo desde ese dia de agosto, ¡ la semana que viene, la semana que viene!  y no hay forma de que me pague

¿Caduca el contrato de rescinsion y devolución de fianza?, ¿puede llegar un día en el que me diga que ya no tiene porque devolvérmelo porque ha vencido el plazo? ya hace dos meses y no se que hacer al respecto, envío mails y hago llamadas pero solo en una ocasion he podido hablar con el y me dice lo de la semana que viene. Estoy teniendo paciencia pero mucho me temo que me está tomando el pelo.

¿Cómo y que debo hacer? Muchísimas gracias.

  • Preguntado por: azucar
  • Hace 10 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (4)
Josep Térmens Viñas ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Esa acción no caduca sino que prescribe el plazo seria de cinco o de quince años dependiendo de factores que no conozco.

    Para interrumpir la prescripción basta wue reclame formal y fehacientemente esa deuda.

    Para obtener su devolución lo mejor es que acuda a un abogado lo mismo que acudiría a un médico para curar una dolencia grave

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • azucar

    inquilino/a

    No me han respondido en cuanto si hay caducidad y les agradeceríoa pudieran decírmelo, en cuanto al juicio verbal. ¿como debo proceder?

    ir a un abogado?

    denunciarlo?

    ruego me lo pudieran aclarar.

     

    les quedo muy agradecido.

    • Respondido por: azucar
    • Hace 10 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Por qué no imputaron el importe de la fianza al precio? Hubiera sido lo más razonable.

    por cuestiones como estas insistimos tanto enla necesidad de acudir a unabogado especialista ANTES de que surja el problema.

    En todo caso, coincido con la respuesta de mi compañero.

    www.desalvador.es

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    No hace falta que espere a que prescriba o caduque la acción. Interponga un juicio verbal.

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

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