Hola Maria:
Como mínimo, al tratarse de un contrato de arrendamiento, 1 mes de renta en concepto de fianza si se trata de un contrato de arrendamiento de vivienda y de 2 meses en el resto de casos.
A partir de ahí ambas partes pueden negociar otro tipo de garantías adicionales.
Reciba un cordial saludo.
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