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Buenas de nuevo,
Ya hemos encontrado nueva casa y por fin un casero que se aviene a depositar la fianza en el Instituto de la Vivienda en Valencia, no creaís que no ha costado..
El caso es que mañana firmamos el contrato aunque con fecha de día 1 de febrero, para ir mudándonos con tiempo, así que mañana le pagamos la fianza solamente, y la primera mensualidad se la ingresamos ya en febrero.
Mi pregunta es: Se puede depositar la fianza en el Organismo correspondiente antes de la fecha de inicio del contrato?. En el documento que me ha remitido el PROP de Valencia dice en cuanto al plazo "Como máximo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la celebración del contrato, o al comienzo real del alquiler si este
fuese anterior", y le pregunté a quién me atendió en el, pero no me supo decir si sí o si no...
Muchas gracias de antemano ;)
En la página de descarga de certificados, abres el modelo 806 y lo relleneas online, muy importante: dale a validar¡¡¡ necesitas que se te genere un número largo y un código de barras.
En cuanto lo tengas relleno y validado, le das a imprimir (sólo una vez, el sistema ya te imprime las 4 copias automáticamente para cada destinatario).
Hola, yo voy a firmar el contrato de alquiler a finales de febrero y quiero planteárselo al casero. La primera pega que encuentro es que quiero imprimirme el modelo 806 por cuatruplicado, para facilitarle la tarea, pero no me deja. Solo puedo imprimir en blanco la copia del arrendador. Me puedes echar un cable en este sentido?
Buenas tardes.
Finalmente hoy hemos depositado la fianza (Valencia)... nos ha llevado 4 horazas¡¡¡... desconocimiento nuestro, mala info del PROP y mala coincidencia de los bancos (horas y días de ingreso)... vamos un desastre, pero al final lo conseguimos.
Si alguien está interesado en esto, me puede preguntar y lo publicaré paso a paso, porque no es dificil, pero al no avisarte de ciertas cosas cuando llamas para informarte, te encuentras con una pesadilla de mañana con mil inconvenientes.
Decir que la fianza la hemos depositado los inquilinos y la chica de la inmobiliaria, no ha hecho falta que fuese la arrendadora, solamente hemos llevado el impreso firmado por ella y su DNI, no nos han pedido autorización ni nada más.
Un saludo,si alguien está interesado en preguntarme puede hacerlo, sino, cierrro el hilo.
Si, la va a depositar él, nosotros iremos de acompañantes (policia). La única duda que tenía era esa del momento de hacerlo, si antes de empezar la fecha del contrato se podía ingresar la fianza, y al ser que sí, pues nos quedamos tranquilos.
Aquí en valencia ni las inmobiliarias sabían esto del depósito... me han puesto mil pegas, tanto particulares como agencias.
Gracias PHOLMO, entiendo que podemos depositarla antes del comienzo del alquiler porque se ha hecho una entrega de fianza previa.
Muchas gracias.
Los plazos que señala la normativa son máximos por lo tanto si tiene firmado el contrao y entregad al afianza no veo problema alguno en su depósito inmediato.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).