Buenos dias. Llegó hace un mes una carta de la compañía de luz y gas en la que indicaban que realizarian una revisión de la instalación del gas de la comunidad, pero a la vivienda no tenían que acceder para nada. Resulta que está revisión tiene un precio aproximado de 10¬. Nosotros como inquilinos ya pagamos las revisiones de la instalación de gas de la vivienda, tanto la anual como la obligatoria de los 5 años. Pero entiendo que está al ser de la comunidad la tendrían que abonar ellos, ya que en nuestro contrato la cláusula dice textualmente: " correran de cuenta de los arrendatarios el importe de los gastos de agua, luz, teléfono y gas y cualquier otro que se derive del disfrute de la vivienda, excepción hecha de los gastos de la comunidad de propietarios, el impuesto sobre bienes inmuebles y la tasa de basuras municipal cuyo pago deberá ser satisfecho por la parte arrendadora. La contratación de los diversos suministros deberá ser efectiada por los arrendatarios, siendo de su cargo los gastos que se deriven de la misma, a excep6de gas luz y agua los cuales ya están dados de alta." Según el contrato entiendo que al ser una revisión de la comunidad y que los caseros pagan los gastos de la comunidad, son ellos quiénes deberían abonar este importe? Muchas gracias con antelación
Preguntado por:
Rebeca
Hace 6 años
Categoría: Todas
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Amparo BB
profesional
De todos modos, lo más probable es que esos 10 euros vayan al recibo de la comunidad que paga el arrendador. Si pretende repercutírselos es que es un cutre.
Una revision de la instalación de gas comunitaria no puede considerarse nunca una reparación pequeña a cargo del inquilino. Al ser cuestión de la comunidad de propietarios debe hacerse cargo el propietario
Si es una revisión de la comunidad debe ser la comunidad quien asuma el gasto y si la comunidad la paga el arrendador el debe asumirlo. Siendo una revisión de la comunidad no puede en modo alguno tomarse como una pequeña reparación asumible por el arrendatario del alquiler. No obstante coméntele la opinión de Amparo, que por diez euros usted no los piensa ni pagar ni discutir
Respondido por:
Usuario dado de baja
Hace 6 años
Amparo BB
profesional
Si son 10 euros puede ser considerado como una "pequeña reparación" que, según la LAU, son por cuenta del inquilino. 10 euros es una cantidad por la que no vale la pena pleitear, ni siquiera discutir.
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