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Ylo

inquilino/a

Arrendatarias solidarias. ¿Cómo rescindir el contrato sin salir ninguna parte perjudicada?

El día 1 de Octubre firmé un contrato de alquiler para un año junto con otra madre a quien acompaña, como a mi, un hijo de 15 y 16 años. La fórmula suscrita como Arrendatarias solidarias entiendo de qué va en cuanto a deberes adquiridos con la propiedad,  es decir, que deba quien deba se le pilla al más solvente. Mi pregunta tiene que ver con mi compañera, es decir, por varios motivos, quiero cesar como arrendataria solidaria y marcharme cuanto antes. ¿Qué hago? No quiero hablar con ella, para no provocar nada, de momento no quiero ni verla, tiene una lengua muy afilada para decirlo de forma suave y cordial ¿Se lo comunico primero a la propietaria? Este mes no he hecho la transferencia de mi parte porque quiero pedirle a la propiedad que con la fianza (500? de mi parte)  pague por adelantado parte del mes siguiente, digamos que aún pago al banco el dinero que tuve que adelantar para entrar aquí hace tres meses.Soy pensionista y tengo una discapacidad del 52%.  Por otro lado quisiera saber si hay algún tipo de ayuda en este ámbito,  para mujeres con hijos a cargo y discapacidad Muchas gracias

  • Preguntado por: Ylo
  • Hace 8 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ylo a la pormenorizada respuesta de Oscar solo cabe añadir que vd podrá dar por terminado el contrato cuando cumpla los seis meses con independencia de lo que haga su coarrendataria, y desde leugo si deja de pagar el alquiler puede verse envuelta en un desahucio por falta de pago en el que tendrá que pagar las costas judiciales. Le puede venir bien leer esto:
    EL DECALOGO DEL INQUILINO
    El desistimiento de un inquilino en un alquiler compartido
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Da igual a quien se lo diga primero, ya que al ser arrendatarias solidarias, para poder irse sin responsabilidades, tienen que firmar todas las partes.
    Si deja de pagar, le podrán reclamar los impagos, la fianza no sirve para pagar cuotas de alquiler, a no ser que las partes lo acepten de forma escrita, por lo tanto, pague, ya que si no, además de perder la fianza, tendrá que hacer frente a lo impagado muy probablemente.
    Los temas de ayuda son competencia de cada comunidad autónoma, por lo tanto, debe acudir a la oficina correspondiente de su ciudad con la documentación de su incapacidad y el contrato de arrendamiento y allí le dirán si cabe la posibilidad de solicitarla.
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