Para poder responder adecuadamente a sus preguntas es necesario revisar su contrato de arrendamiento, especialmente para saber qué año se firmó el contrato.
Con carácter general, podemos responderle:
- El contrato se prorroga automáticamente siempre y cuando no se hayan cumplido los plazos legales. Más Info aquí:
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-vivienda-ii/ - No, no están obligados a marcharse, es más, el dueño actual no es quien puede resolver el contrato, sino el comprador. Más Info aquí:
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/venta-de-vivienda-arrendada/ - No, no puede hacer fotos ni enseñar la vivienda. Es su domicilio y como tal es inviolable. Es muy difícil vender un piso alquilado si los inquilinos no quieren colaborar.
En todo caso, les aconsejaría que contactaran con un abogado para que les asesore durante todo el proceso y resuelva sus dudas y consultas. Nosotros podemos ayudarles.
Un saludo,
www.desalvador.es