Buenos dias, llevamos algunos años en un piso como inquilinos, el pasado abril nos comunicaron subida del alquiler en 100 euros mensuales a partir del 1/5/18 y la aceptamos pero por un fallo en su sistema al parecer se les olvidó....no nos aplicaron la subida hasta este mes, ahora nos reclaman deuda de 1000 euros (los 10 meses desde la comunicación). Nosotros no realizamos la transferencia mensual, ellos generan el recibo al banco. ¿Estamos obligados a pagar esos mil euros?
Preguntado por:
Raquel
Hace 5 años
Categoría: Todas
Respuestas (54)
Amparo BB ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
davidbo
inquilino/a
Coincido con Andrea. No se pude pedir respeto cuando se ha entrado en el mismo juego de falta de respeto desde el principio.
PdC un tanto cínica su postura. A lo largo del hilo ambos habéis adoptado actitudes rozando la falta de respeto, usted incluido. Resulta ventajista acudir al recurso de las faltas de respeto cuando usted lleva haciendo lo mismo desde un inicio
Más que error es que faltas a la verdad. Doy por hecho que no es IPC, aunque para asegurar esto se necesitaría fecha de firma del contrato y cláusula a cerca de la actualización...y por su puesto, deberían haberla notificado dicha intención (cosa que no comenta en la pregunta). Esto dije a cerca del IPC....todo lo demás viene respecto a su aportación de la teoría de los actos propios Sigue reiterando lo que quieras
PdC que mala memoria. Tendré que seguir recomendándote más lectura....... Buenos días, Efectivamente, como le dice Amparo, podría interpretarse que existe un nuevo, aunque habría que aclarar el acuerdo que alcanzaron y el motivo de éste (puede que a ninguna de las dos partes os interese un nuevo contrato y sólo pretendáis modificar dicha estipulación). Eso es lo que dijiste en tu primera aportación poniendo en duda que fuera un nuevo contrato
Conviene subrayar de entrada que en derecho nada es blanco o negro, todo es gris con distintas tonalidades. En el caso que plantea Raquel yo no me atrevería a contestar si o no taxativamente, pero dejar transcurrir diez meses sin aplicar un nuevo alquiler, pactado verbalmente al parecer, el inquilino puede considerar que el casero ha decidido posponer su eficacia y por tanto negarse a pagarlo con carácter retroactivo, pienso que esa postura podría prosperar judicialmente, tiene en su contra que el casero, como represalia, decida dar por terminado el contrato a la mayor brevedad posible. En cuanto a si se ha producido o no una novacion de contrato por este motivo, habría que tener más datos para pronunciarse a favor o en contra.
Doy por hecho que no es IPC, aunque para asegurar esto se necesitaría fecha de firma del contrato y cláusula a cerca de la actualización...y por su puesto, deberían haberla notificado dicha intención (cosa que no comenta en la pregunta). Esto dije a cerca del IPC....todo lo demás viene respecto a su aportación de la teoría de los actos propios
Amparo muy buena aclaración. Igual hubiera sido más conveniente hacerla cuando PdC empezó con devaneos sobre la posibilidad de que no fuera un contrato nuevo que ahora
Esto me sobrepasa. He pedido ayuda a la caballería. No obstante creo que si el pago fuera por transferencia y es el inquillino quien se confunde y paga 200 más en vez de 100 más... nadie invocaría esa doctrina para ese caso.
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