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usuario eliminado

Subida del IPC

Puede constar en el contrato que al revisar el IPC y este sea a la baja en ningún caso sea inferior al precio en que se formalizó el contrato? Por decirlo de una manera: que ese sea el suelo o límite.

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Muelles

    casero/a

    No, esa cláusula resultaría nula de pleno derecho en base al artículo 6 de la LAU, que impide modificar la norma en perjuicio del arrendatario.

     

    La actualización deberá realizarse anualmente conforme a la variación porcentual del IPC General Nacional de los doce meses anteriores, y actualizar significa tanto subir como bajar.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    NO. ¡NO SE PUEDE!

    No puedes contradecir la LAU perjudicando al inquilino. Lo dice la propia LAU en su artículo 6

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