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Adrian

casero/a

Subida IPC alquiler no constando en contrato
Buenos días,
Quisiera saber si puedo reclamar al inquilino la subida del IPC no constando en contrato firmado en septiembre de 2014.
En primavera intercambiamos unos mensajes por email en los que ella me habría la posibilidad de cobrarlo en la siguiente renovación anual del contrato, yo lo acepté y confirmé que así lo haría cuando tocaba en septiembre... sin más alusiones al respecto después, y ahora, cuando le comunico el IPC del INE y le paso el recibo con la actualización me dice que nanai citando el artículo 18 de la Ley de arrendamientos y que lo único que vale es el contrato firmado en su día.
Me ha transferido la mensualidad sin la subida y sin más argumentos, por la vía de los hechos y punto.
¿Debería insistir por llevar razón y llegado el caso descontarselo de la fianza cuando termine el contrato en 2 años, o lleva ella razón ella y es preferible mirar para otro lado?
  • Preguntado por: Adrian
  • Hace 7 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    Tu inquilina esta en un error, su contrato esta bajo la reforma de la LAU94 de 2013, en la cual se establecía que en defecto de pacto el alquiler se actualizará aplicando el IPC General.
    Lo que ella menciona es la redacción actual del articulo 18 modificada en 2015, por lo que no es aplicable a su contrato.
    Lo que debería hacer es explicárselo puesto que esta en todo su derecho de reclamarlo.
    Un saludo
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Adrián, efectivamente en la actualidad si no se ha hecho constar en el contrato la posibilidad de actualizar el alquiler, éste no podrá ser actualizado, pero esa norma entró en vigor a partir de la ley 2/2015, por lo tanto considero que no afecta a su contrato que parece  anterior a dicha ley. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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