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Andrea

inquilino/a

Subida alquiler
Hola, Llevo 3 años y 4 meses en un piso. El contrato que tenemos actual es el que firmé yo al entrar (contrato 1 abril de 2014). El alquiler asciende a 825 ¬ según ese contrato. El año pasado se fue un compañero y entró otra persona por él, y la casera decidió subirle 25 ¬ más, hasta 300 ¬ (no sé si esto se puede hacer) (nosotros dos, somos 3 en la casa, pagamos 275¬). Tiene un anexo al contrato, con lo cual entiendo que la fecha vigente del contrato es 2014, ¿es así? Vale, ahora mi compañera se va a ir y ya hemos encontrado a otra persona. Ahora bien, hoy nos ha dicho por whatsapp que el contrato ya ha dejado de ser vigente (han pasado los 3 años) y que nos actualiza el precio a un precio simbolico para igualarnos a todas a 300¬.
Lo primero es que el contrato al no haberse notificado con los 30 días de antelación que marca la LAU se ha renovado un año más, ¿verdad? Es decir que hasta abril de 2018 no podría hacer otro contrato. O como entra otra persona, eso no sirve?
Ahora bien, como es un contrato firmado con posterioridad a 2013, puede actualizarlo al IPC, ¿es así? pero en ese caso como tendriamos que hacer el calculo, desde abril 2016 hasta abril 2017 (la fecha del contrato es abril)?, o es hasta la actualidad (septiembre)?
y ese calculo es sobre toda la renta no sobre lo que pagamos cada una, no? es que en el contrato inicial pone 825 ¬ pero en realidad recibe al mes desde octubre de 2016, 850 ¬ (por la subida de 25¬). Y a la persona nueva le ha dicho que 300¬ también, entonces no sabemos como es la actualización.
Le hemos dicho que si quiere igualarlo a todos pues que deberia de hacer una mejora en ciertos aspectos y que podemos tratarlo, pero queremos saber bien los aspectos legales del asunto para saber por donde puede "salir" o a que atenernos y ampararnos.

Lo siento por el rollo. Muchas gracias
  • Preguntado por: Andrea
  • Hace 7 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Josep Térmens Viñas ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Si es un contrato de alquiler de vivienda está prorrogado hasta abril de 2014. 
    Los aumentos de renta sólo pueden hacerse según está pactado en el contrato, no a capricho de la arrendadora. 
    /http://www.abogadoarrendamientos.com/
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola, Hay que ver que tipo de contrato tienen para poder contestarle.
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