Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Maria Jose Perez

inquilino/a

Subida alquiler por IPC
Buenos días, tengo un piso alquilado desde agosto de 2015 y el propietario me dice que desde enero de 2017 he de pagar un 3% más por el incremento del IPC y por tanto ha de pagarle retroactivamente. He mirado en la web del INE y he puesto para calcular la subida como referencia agosto y desde el 2015 hasta el 2016 y la cantidad que me sale entiendo que es la renta que debo pagar desde agosto del 2016 hasta agosto de 2017 ¿no? En agosto de 2017 entraré otra vez en la web y la cantidad que me salga será lo que he de pagar desde agosto del 2017 hasta agosto de 2018 ¿no? Es que nunca he estado alquilada y no tengo claro el asunto. ¿Si sale negativo la renta ha de bajar aunque no venga en el contrato? Si viene indicada la subida con respecto al IPC pero no dice nada de la bajada. GRacias
  • Preguntado por: Maria Jose Perez
  • Hace 7 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Victor G ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Victor G

    inquilino/a

    Hola. Toma como referencia este enlace, en especial esta cita:

    http://blog.enalquiler.com/2013/vivir-de-alquiler/cuanto-te-pueden-subir-el-alquiler/

    "La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística."


    Es decir, si tu contrato no dice nada más, el casero sólo puede pedir la actualización al notificarla, y pierde la posibilidad de pedirlo retroactivamente. Por eso hay contratos, como el mío, que indican expresamente que el retraso en la notificación no implica su renuncia.

    Es una consecuencia de que en la LAU actual las partes puedan pactar libremente las revisiones, que absolutamente todo lo que se aparte de la norma por defecto (la del enlace que he pasado) tiene que figurar en el contrato.
  • Maria Jose Perez

    inquilino/a

    Textualmente dice así: Transcurrido el primer año la renta se incrementará anualmente, de acuerdo con el incremento que experimente el Índice General de Precios al Consumo (IPC), según el Instituto Nacional de Estadística. 
    No pone nada más.
    Muchas gracias por su interés.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Antes de contestarle le pido que mire en su contrato cómo se pactó que se actualizaría la renta y nos lo diga.

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas