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OLGA bas SALRACH

inquilino/a

Mi contrato cumplió el primer año el 22 de Febrero y la propiedad me comunica en Marzo que me sube un 4.1
En la calculadora del INE sale un 0.7 en el índice general, ellos me presentan el específico de alquiler de la vivienda pago 1395 euros mensuales en la ciudad de Madrid ¿qué puedo hacer?.Gracias
  • Preguntado por: OLGA bas SALRACH
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (4)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • OLGA bas SALRACH

    inquilino/a

    Gracias por las respuestas .Saludos cordiales.Olga
  • Tot Habitatge

    profesional

    Hola Olga, primero intente conversar con el arrendador, le indica que según la Ley de Arrendamientos Urbanos sólo le puede subir el IPC, si éste se cierra en banda, se lo comunica por burofax que según el artículo 18 de la L.A.U y el correspondiente ipc anual de 0,7 %, usted en cumplimiento con sus obligaciones contractual, le corresponde pagar la cantidad xxx por el arrendamiento y no la cantidad que ellos le quieren hacer pagar. Por lo cual en cumplimiento de sus obligaciones solo van a ser pagadas las cantidades que le corresponden.
  • Antonio Postigo

    profesional

    Imprómale el "Artículo 18. Actualización de la renta.
    1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado."

    Ese artículo deja muy claro el índice aplicable.
    Para consultar la ley completa puede utilizar este enlace:
    http://www.spaviv.es/docs/LeyArrendamientosUrbanos.pdf
    Un saludo

    Antonio Postigo
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Conteste por burofax afirmando que el indice aplicable es el IPC general interanual, acompañe la nota del INE que corresponda y pague la cantidad que usted estima correcta.

    www.asistencialegal.net
    asistencialegal1.blogspot.com
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