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Mi casero es una empresa, yo un particular, la renta en contrato son 750 euros y no se hace mención alguna a los impuestos. La factura antes de subida de igic era una base que más IGIC del 5% resultaba los 750 euros.
Con la subida del IGIC al 7% , el casero mantiene la base que aplicaba con el igic al 5% y ahora con el IGIC del 7% resulta una renta a pagar de 764 euros.
Puede hacer esto?
saludos,
PHOLMO La empresa al hacer la factura ,Aunque sea para vivienda ¿No lleva iva?
por un lado el alquiler si es para vivienda no lleva iva
por otro lado una empresa no puede hacer fras. Sin iva
¿a lo mejor no puede alquilar una empresa,siendo dueña?
¡ Qué lío!
Buenas,
Si la vivienda se usa como vivienda habitual (no se ejerce ninguna actividad empresarial dentro de la vivienda) entonces no tiene que soportar ningún igic.
creo que tiene derecho a exigir que le devuelvan los importes pagados en concepto de igic.
Tanto el IVA como el IGIC son impuestos ajenos al alquiler, que repercute el arrendador, sujeto pasivo de ese impuesto.
Si se trata de una vivienda habría que decir que es un alquiler exento de IVA por lo tanto no le afecta la subida, si se trata de un local la subida de IVA la repercutirá el arrendatario descontandola del IVA que cobre a sus clientes.
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La renta sube el IPC po disposición legal aunque no se mencione nada en el contrato; se trata del IPC General Interanual, que puede consultar en la página del Instituto Nacional de Estadística; y solamente se puede aplicar al cumplirse cada anualidad del contrato (una vez al año).
El igic tiene el mismo trato que el iva, y la única forma de actualizar un contrato es mediante el ipc general.
pero como Canarias tiene un trato fiscal diferente, mejor espera q te conteste pholmo o algún abogado.