Apreciada Elsa:
Si el contrato ha llegado a su término y así se ha notificado, el nuevo contrato podrá establecer una nueva renta con el incremento que el propietario desee. Es usted libre o no de aceptarlo. Las circunstancias personales no tienen ninguna relevancia jurídica en este caso y únicamente pueden influir para una posible negociación con el propietario.
Comprueba para valorar si puede incrementar la renta el propietario que el contrato haya llegado a su término, que hayan transcurrido cinco años desde que entraste en la vivienda y que el propietario te ha comunicado a tiempo y correctamente que no quiere prorrogar el contrato y quiere firmar uno nuevo. Si no lo ha hecho correctamente, como mínimo podrás permanecer un año con la renta antigua.
Guimaraens Abogados está a tu disposición si lo estimas oportuno para valorar tu situación analizando el contrato y el posible requerimiento.
Un saludo,
Guimaraens Abogados
Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
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