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carmenrebato

casero/a

¿El dinero de un aval, por ley, te lo deben ingresar en una cuenta, o puede ser en efectivo?
Tengo una inquilina que me ha pedido hacer efectivo el aval bancario que tengo sobre la vivienda alquilada, por no poder pagar de momento el alquiler, o bien debe dejar la vivienda, después de pensar el riesgo que eso supondría para mi en caso de tener impagos más adelante, he decidido que sí lo haré. Pero me he encontrado que después de llamar al banco, para preguntarles de qué manera podría hacer efectivo ese aval, me han contestado que no lo puedo hacer efectivo, hasta que no haya impagos por parte de la inquilina y una demanda de desahucio, y que me fuera a informar a la cámara de la propiedad, yo me he quedado un poco asombrada con su respuesta, pues, tanto la inquilina como yo estamos de acuerdo en hacerlo. No sé si debo hacer un escrito renunciando a ese aval como propietaria, la inquillina me ha dicho que ese dinero me lo quede para los meses que pueda cubrir con ellos, y no sé si en el documento en el cual renuncio a ese aval, puedo poner que ella me autoriza a quedármelo
  • Preguntado por: carmenrebato
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Si el aval no es solidario y a primer requerimiento, hay que probar la deuda, pero no tiene razón el banco cuando dice que el arrendador debe pedir el desahucio de la arrendataria, porque puede reclamar exclusivamente las cantidades debidas. Para ello basta con demandar al arrendatario y al banco en un sencillo y barato procedimiento monitorio sin necesidad de abogado ni procurador.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Un aval bancario es una contrato en virtud del cual el Banco responde si no lo hace la avalada, no es lo mismo que una fianza en metálico, no puede ser transformado en dinero aunque la avalada esté de acuerdo.
    En mi blog tengo estudiado el tema de avales:
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/11/avalistas-y-fiadores.html

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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