Si. Al cumplirse los 8 años puede pactarse un contrato COMPLETAMENTE NUEVO. Eso si, si contiene cláusulas que perjudican al inquilino con respecto al contenido de la LAU, esas clláusulas serán nulas.
Mire los
artículos 19 Y
21 de la lau relativos a a incremento de la renta por mejoras Y reparaciones .
Saludos