Coincido con la respuesta de Piscis y subrayo la necesidad de que cualquier acurdo conste por escrito, máxime por la repercusión fiscal, de la que se hace mención en la consulta.
Si acuerda incrementar ese alquiler, deberá declarar ese incremento y tener en cuenta que la instalación de aire acondicionado puede no ser un gasto corriente y que sea necesario amortizarlo en varios ejercicios.
Pedro Hernández Olmo, abogado