Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Buenas a todos,
en mi contrato de alquiler pone que se usará como índice para revisar el alquiler anualmente, el referido al alquiler de viviendas. Sin embargo, la LAU especifica que se ha de usar el índice general.
Tengo derecho a exigir que se aplique lo que dice la LAU a pesar de lo que ponga mi contrato? Qué prevalece en estos casos?
Gracias!
Muchas gracias a ambos por vuestras (rapidísimas) respuestas!!
Prevalece la LAU.
Máxime si lo que dice el contrato te perjudica.
La propia LAU lo dice en el
Artículo 6. Naturaleza de las normas
Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice. (Y no es este caso)
Saludos - Papeleos Alquiler
Esa clausula contractual es nula, la actualización de alquiler de vivienda ha de hacerse por el IPC general los 5 primeros años.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.