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El Ipc de acuerdo al INE es de 9,7 lo que subiria la renta a 987 euros no a 1031 siempre que estuviera afecta a ello , ya que no esta declarado ante hacienda y nunca hemos podido hacer deducciones , quisiera saber que puedo decirle al propietario. Gracias anticipadas por las molestias.
Hola Mercedes:
Le sugiero la lectura del siguiente enlace:
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Por lo que dice le pasaron la renta en vez de a 987 a 1031.- O sea, le cobraron de más, no de menos. Al aceptar la subida propuesta dudo que legalmente le devolvieran la diferencia.- ¿porqué?.- No es solo el arrendador el que debe comprobar el ipc correspondiente. Según el Art. 18 tanto arrendador como arrendatario debieron comprobarlo y notificarlo. Si lo hubiera hecho el arrendatario comunicaria su disconformidad y se aplicaria lo real. No creo que proceda corrección de atrasos pero sí comunicar el importe verdadero y aplicar la nueva renta en meses sucesivos.
Si está declarado o no a hacienda es problema del arrendador. Vd. aplique las deducciones correspondientes.
saludos.
Siempre han podido deducirlo. Si no lo han hecho ha sido porque no han querido. Al único que podía darle problemas su deducción es al arrendador, que ya se apañaría con la multa por no pagar impuestos y declarar ingresos, que es OBLIGATORIO.
Si la cantidad no se ajusta al ipc que le pertoca quéjese mediante burofax y devuelva el importe sobrante.
Para subirle el ipc tenían que haberselo advertido, y en ese momento tenía que haber certificado si el nuevo importe era o no correcto.