Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
O por el contrario, ¿tendría que bajármelo? agradecería una respuesta.
Gracias.
gracias por la respuesta, estaré atenta a la variación del ipc de mayo , como ustedes me mostraban,
un saludo
Diga lo que diga el contrato, la ley dice que la renta podrá ser actualizada por el arrendador o por el arrendatario, en función a la variación del IPCGN de los últimos 12 meses.
Si tu contrato se celebró el 1 de julio, le corresponderá actualizarse con el IPCGN de mayo (que es el que estaba vigente al 1 de julio), y se conocerá sobre el 13-14 de junio.
Esté atento en esa fecha a esta página y en cuanto vea aparecer MAYO podrá calcular la actualización.
Saludos - Papeleos Alquiler
En este caso le tendrá que subir cerca de 1´5%, siempre y cuando esté dicha clausula en el contrato, si no, no puede subir nada, eso sí cuando el ipc es negativo también lo han de revisar a la baja.