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Alex

inquilino/a

Dudas respecto a la subida del IPC
Buenas tardes, quisiera exponeros mi caso para ver si me podéis aclarar un par de dudas respecto a mi alquiler. 
Firmé el contrato el 21 de mayo de 2014, con una renta fijada en 465?, importe que he estado pagando hasta hoy sin que se me haya reclamado subida alguna del IPC.
En el contrato figura que: "la renta tendrá una revisión anual del IPC conforme al art. 18 de la LAU, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado, bastando la notificación en el propio recibo con efectos del mes siguiente"
Las dudas son las siguientes:
¿Puede el arrendador reclamarme con carácter retroactivo las subidas anteriores del IPC que no ha notificado hasta la fecha? ¿En mi caso concreto con ese importe, que cantidad debería de empezar a pagar el próximo mes si se me acaba de solicitar la subida del IPC? ¿ Si el contrato se firmó en mayo, no debería de ser en mayo de este año cuando se tendría que hacer efectiva la subida?
Espero que podáis echarme una mano al respecto por favor.
Un saludo.

  • Preguntado por: Alex
  • Hace 7 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Discrepo de Oscar. Sí puede subirte la renta desde el año de la primera revisión - mayo 2015 - , hasta mayo de 2017. 
    Además la ley dice que la renta se actualiza no que se aumenta, por lo que puedes pedir una rebaja de la misma si el IPC es negativo. 
    http://www.abogadoarrendamientos.com/
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Ahora mismo, en número reales, el ipc desde mayo 2014 a mayo de 2016, ha bajado un 1.2%, por lo tanto dudo que te la actualice.

    Por lo tanto, supongo que esperará a Mayo del 2017 para solicitarte la subida, y en ese momento es tonteria, ya que como cumple los 3 años, puede subirte lo que el quiera.
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    No, no puede reclamarte nada con carácter retroactivo.
    Puede subirte la renta en cualquier mes una vez cumplido el año, y desde que te la suba será fija hasta el próximo mes de mayo como mínimo.
    Lo que si puede hacer, es si ahora está dentro del 2º año de alquiler, es subirte los dos años de golpe, pero empezarás a pagar a partir del mes siguiente de que te lo notifique, y el año y medio que ha pasado ya no tienes que abonarlo.

    http://www.ine.es/calcula/
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