Hola,
No, no puede reclamarte nada con carácter retroactivo.
Puede subirte la renta en cualquier mes una vez cumplido el año, y desde que te la suba será fija hasta el próximo mes de mayo como mínimo.
Lo que si puede hacer, es si ahora está dentro del 2º año de alquiler, es subirte los dos años de golpe, pero empezarás a pagar a partir del mes siguiente de que te lo notifique, y el año y medio que ha pasado ya no tienes que abonarlo.
http://www.ine.es/calcula/