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sunrise

inquilino/a

Mi contrato empezó en junio 2008 y el alquiler es de 500 euros. ¿Cuánto subiría?
¿Hay un ipc para vivienda distinto que el general? son los argumentos del casero para usar el índice nacional de rúbrica que no consigo saber qué es.
  • Preguntado por: sunrise
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • sunrise

    inquilino/a

    Gracias por vuestras respuestas. el problema es que el casero no se baja del burro, pero yo no pienso bajarme del mío.
    • Respondido por: sunrise
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    Leéle el artículo 8 de la LAU de 1994


    "Artículo 18. Actualización de la renta
    1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
    2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.
    3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al 'Boletín Oficial' en que se haya publicado.
    Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente."

    Puedes exigirle el certificado o calcularlo yendo a www.ine.es
    Pinchas IPC ¿Quiere actualizar Renta?
    Pones año inicial y final del contrato., Importe inicial.
    Para poner Mes has de saber que yendo a área prensa, notas publicadas, ves en qué fecha se publicó el IPC

    Si la fecha del contrato es posterior al día 14 ya está publicado el IPC mes anterior.

    Si fewcha del contrato es de 1 a 13 el último IPC publicado es el del antepenúltimo.
    Saludos,
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puedes comprobar lo que te he dicho leyendo este artículo de la LAU
    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_18
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La LAU obliga a usar el general para los 5 primeros años del arriendo.
    Si tu contrato comenzó en junio, el mes de referencia para actualizar la renta es abril y el IPC fue -0,2, con lo que tu actual renta debiera ser de 499 euros.
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