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Pepe Botika

inquilino/a

¿Me afecta la subida de la comunidad?
Buenos días.

Cuando alquilamos el piso, el casero nos dijo que la comunidad la pagaba él. A principios de año subieron 5 euros, y como ahora el ipc es negativo y debo renovar este mes que viene el precio, al decirle que debe bajármelo me ha dicho que como han subido la comunidad lo podíamos dejar así.

Me contó una serie de milongas, pero a mí me dejaron bien claro que la comunidad la pagaban ellos y necesito saber si la subida de la misma me debe afectar a mí en el precio del alquiler. Creo que deberían haberlo previsto antes.

Gracias.
  • Preguntado por: Pepe Botika
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Te dejo el artículo 18 de la LAU por si quieres mostrarlo a la organización de consumidores o a tu casera.
    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_18
  • Pepe Botika

    inquilino/a

    Gracias Amparo, el tema es que tanto la dueña del piso como en mi organización de consumidores me han dicho que al cumplir un año el 1 de octubre, tengo que esperar a que aparezca el ipc de septiembre y por tanto, modificarlo en noviembre.

    A la dueña le dije que vale, que no había problema, porque total van a ser 2 euros o 3 al mes si se cumple la previsión que vi por ahí de un -0,5. Y porque no se ha portado mal hasta ahora. Pero el año que viene como me venga con subidas de comunidad le diré que de eso nada. Por ahora no quiero quedar mal por 2 euros al mes, si fuera más le diría que no.

    Un saludo y muchas gracias por la información.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¡Qué raro! El tercer renglón ha salido mal.
    Deberia decir:
    Si tu contrato cumple en octubre, le corresponde actualizarse con el IPCGN de agosto, es decir -0,8%
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si en el contrato no se especificaba que la comunidad era a tu cargo (y cuánto era) olvídate. No te afecta en absoluto, y lo que te cuente tu casero son, efectivamente milongas.
    Si tu contrato cumple en octubreagosto, es decir -0,8%.

    Por tanto, comunícale ya mismo cuál va a ser la nueva cuota que le vas a pagar a partir de octubre. Si no se lo comunicas ya, no podrás aplicársela desde el mismo octubre, pues la LAU dice:
    cito
    La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al "Boletín Oficial" en que se haya publicado.
    Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.
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