Puedes pedirlo. Pero él está en su derecho a no revisar el alquiler hasta el cumplimiento de la anualidad. Y entonces ya se encarga la LAU de estipular cómo se actualiza. (Art.. 18 de la LAU:
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_18)
No sé dónde vives, pero comparándolo con los precios que se pagan en ciudades grandes, 458 no parece "carísimo"
Respecto a las reparaciones.
No sé si sabes que las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario (Art. 21-4)
Si te refieres a reparaciones de
envergadura, y que se han producido por uso normal (no por tu culpa o por falta de mantenimiento) puedes reclamárselas por burofax, y si no hay reacción, deberás buscar asistencia jurídica y reclamar por vía judicial.
Saludos
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/pinceladas