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Tengo un contrato de fecha 19 de enero, en el que hay una cláusula que dice que la revisión anual será de un 4%. Pregunté por esto en la comunidad y a una abogada y ambos me habeis dicho que la revisión durante los 4 primeros años es la que tenga el ipc, en este caso un 0,8%, y que esa claúsula no es válida. Se lo dije, he realizado la modificación en el banco para que a partir de este mes la renta suba ese 0,8% y le mandé un burofax para que le constara, adjuntando unos pantallazos de la página del ine donde se calcula la renta. Hoy me ha llamado amenazándome con denunciarme por lo civil si no le pago ese 4%, en la junta de castilla y león por impago y con echarme del piso. ¿Qué os parece y qué puedo hacer? muchas gracias
Como complemento al acertado criterio de Amparo, decir que si te pasa los recibos con el 4% NO DEBES devolverlos, pagalos por la diferencia o si no admite el pago haz una consignación judicial para evitar el desahucio por falta de pago, que ahora se llama express
En mi opinión ya has hecho lo que tenías que hacer. Aplicar la subida de la renta que marca la LAU.
Déjale que patalee y que amenace. No tiene razón.
Un saludo - Papeleos Alquiler