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hola,
ultimamente tenemos problemas con la casera. y nos ha llegado una carta certificada que nos sube el alquiler.
en octubre cumpliamos un año de contrato. y el 4 de noviembre nos llegó la carta. nos sube 2,1%. cómo se calcula?
a parte nos pone que le tenemos que pagar el mes de octubre con la subida. o sea en noviembre tendremos que pagar la subida de octubre y de noviembre. es legal? o tenia que haver avisado con antelación?
gracias
gracias a todos por la respuesta.
el lunes de todas formas llamaremos a nuestro abogado, pero queria saber más o menos como iba la cosa... muchisimas gracias!
la verdad esque la situación cada vez esta más fea.
se ha encaprichado con el piso porque lo tenemos muy arreglado... quiere recuperarlo pero no sabe como, ya que nosotros siempre hemos hecho las cosas bien y legales, no como ella que cada vez se inventa cualquier excusa.
gracias!
Lo que dice mari lolis es correctísimo si firmásteis a primeros de octubre.
Si firmásteis en la segunda mitad de octubre, entonces el IPC que corresponde es el de septiembre, y ese sí ha sido del 2,1%.
Eso si, debió deciroslo en cuanto salió publicado porque ahora no puede pedir retroactividad. La ley lo dice muuuy clarito.
Saludos - Papeleos Alquiler
no, no es correcto, nunca se paga con caracter retroactivo...en noviembre tienes que pagar lo de siempre más la subida correspondiente pero de noviembre..........octubre ya pasó.
Como firmasteis en octubre, se aplica el IPC de agosto
y tu misma puedes calcular la subida en esta página oficial
http://www.ine.es/calcula/index.do?L=0
en agosto fue el 1,8% y te vas a 483,55€
el contrato lo firmamos en ocubre del año pasado. nos ha notificado esto hace 2 dias. pero la fecha de la carta es del 27 de octubre, cuando ya habia cumplido el primer año del contrato...
pagamos 475e y ahora tendremos que pagar 485, pero en noviembre pone que tenemos que pagar 495e.
es correcto?
gracias por las respuestas!
cuando el contrato vence y se vuelve a renovar se hace solo la subida del i.p.c. de ese año.
en mi caso este año el i.p.c a subido muy poco y mi subida ha sido de 2 € aprox.
cuando son subidas desorbitadas que no se ajustan solo ala subida de i.p.c entonces es que el casero te esta subiendo el precio del alquiler por su cuenta. imaginemos que el contrato lo haces en enero y te vence en diciembre entonces debes de pagar con la subida a partir del nuevo contrato osea el nuevo año a partir de enero.
cuando el contrato vence y se vuelve a renovar se hace solo la subida del i.p.c. de ese año.
en mi caso este año el i.p.c a subido muy poco y mi subida a sido de 2 € aprox.
cuando son subidas desorbitadas que no se ajustan solo ala subida de i.p.c entonces es que el casero te esta subiendo el precio del alquiler por su cuenta.