Carlos faltan datos para darle una respuesta acertada. Si el contrato se firmó en junio de 2009, quiere decir que vd puede estar ahí sin necesidad de firmar nada hasta junio de 2017. Si posteriormente se hizo una modificación a ese contrato habría que verla para determinar si eso supuso una novación, nuevo contrato y por lo tanto "se puso el contador a cero" y también la fecha de esa "novación" para determinar si tenía derecho a otros ocho años o solo a 3+1. En cuanto a la reducción del alquiler si se hizo verbalmente y viene Vd. pagando pacificamente esa renta reducida cabe entender que la reducción duraba hasta el final del contrato por lo tanto ahora no puede ser anulada. Aquí se demuestra lo que suelo decir que los pactos verbales en alquileres a quien mas perjudican es al casero.
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