Hola buenos días. Soy inquilino y tengo previsto en el contrato una subida del IPC. El contrato comenzó en julio de 2015 y la verdad que nunca me subieron IPC pero ahora quieren hacerlo. Hasta aquí todo correcto. Pero quieren que sea ya en Enero del 2019. Es decir, quieren que le pagué un 3% más desde Enero. ?Estoy obligado a empezar a pagar en Enero está subida?. No debería ser en julio que es cuando cumple la anualidad?. Gracias
Preguntado por:
Olga
Hace 5 años
Categoría: Subida alquiler
Respuestas (13)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Gracias a los dos por las respuestas. Ahora me queda mucho más claro. He estado buscando y el INE publica notas de presa con el IPC cada mes. Resulta que justo firmamos el contrato en julio, un dia después de que el INE publicara el IPC de Junio, por lo que finalmente será este el mes de referencia. Gracias por la ayuda!.
Olga está usted en lo correcto, debe actualizarse tomando como referencia el IPC de mayo de 2015 y no del 2016, si no se perdería un año de actualización
El contrato hace referencia a que la renta será actualizada anualmente al vencimiento de cada año de contrato, aplicando sobre la renta vigente la variación del IPC en ese periodo. Lo que me comentas me despierta alguna duda más en la que no había caido y que espero me puedas contestar. No me cuadra lo que me dices de mayo 2016 a mayo del 2018. Si es el ipc publicado en el momento del contrato, en julio, cuando se firmó el contrato, estaba publicado el IPC de junio. No debería ser junio el mes a elegir y no mayo?.
Si se firmó el 1 de julio, el últimp IPC publicado era el de mayo, puesto que el de junio se publica a mediados de julio.
Y lo otro que me despista es el año. No entiendo la lógica de cogerlo desde 2016. Creí que sería desde junio del 2015 que es cuando empieza el contrato o bien sólo se podría coger el último año, es decir, de junio de 2017 a junio de 2018. La verdad que tampoco tengo claro esto...si me pudieras dar algo más de luz... El precio pactado en contrato es para el primer año Julio de 2015 a junio de 2016El IPC se aplica a la renta a partir de la segunda anualidad.
Añado a lo anteriormente preguntado: Si el contrato dice: " ...se renovará anualmente al vencimiento de cada año de contrato en ese periodo", no debería ser de junio 2017 a junio 2018?...que lio :(
El contrato hace referencia a que la renta será actualizada anualmente al vencimiento de cada año de contrato, aplicando sobre la renta vigente la variación del IPC en ese periodo. Lo que me comentas me despierta alguna duda más en la que no había caido y que espero me puedas contestar. No me cuadra lo que me dices de mayo 2016 a mayo del 2018. Si es el ipc publicado en el momento del contrato, en julio, cuando se firmó el contrato, estaba publicado el IPC de junio. No debería ser junio el mes a elegir y no mayo?. Y lo otro que me despista es el año. No entiendo la lógica de cogerlo desde 2016. Creí que sería desde junio del 2015 que es cuando empieza el contrato o bien sólo se podría coger el último año, es decir, de junio de 2017 a junio de 2018. La verdad que tampoco tengo claro esto...si me pudieras dar algo más de luz... Gracias!
Bueno realmente es lo que diga el contrato pero si está bien hecho, debería hacer referencia al IPC de mayo que es el que se conoce al 1 de julio. Para poder actualizar la renta en julio hay que tener la referencia en ese momento por eso en los contratos referidos al ipc, se aplica el que esté publicado al día de la fecha del contrato.
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