¿Se trata de un contrato de alquiler de temporada? Entiendo que sí porque hablas de 5 temporadas. Supongo que ha sido un alquiler intermitente, ¿o han habido prorrogas sucesivas del contrato? Si han habido prórrogas sucesivas del contrato de alquiler de temporada podrías argumentar que ya no es de temporada, que el piso alquilado es tu vivienda habitual y que, por tanto, durante los primeros cinco años de alquiler sólo te puede subir el alquiler cuando se cumpla cada anualidad del contrato y siempre de acuerdo a las oscilaciones del IPC. En este caso la renta actualizada es exigible a partir del mes siguiente a cuando se comunica la subida.
Si es un contrato de temporada en toda regla y no han habido estas prorrogas sistemáticas del mismo, entonces el casero no tiene que ajustarse al IPC para hacerte la subida.
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