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Alquilé un piso con los suministros dados de alta.El propietario me informó que el cambio de nombre de estos debía hacerlo yo y que si hubiera cualquier atraso en los pagos,que los abonara y que posteriormente esa cantidad me sería devuelta.Acepté duvitativamente,ya que nunca había visto nada parecido.El caso es que se debían unos 200 euros entre todos los suministros y avisé al propietario de que me seríaimposible afrontarlos todos este mes y basicamente me dijo que era mi problema.Pude abonar y cambiar de nombre la luz y el gas,no así el agua que esperaba poder hacerlo tan pronto como me abonaran la nómina.Finalmente,el día 25,el anterior inquilino da de baja este servicio y me quedo sin agua y tengo que contratar un suministro nuevo.¿Me corresponde a mi pagar por darlo de alta o al propietario? El acuerdo inicial incluía el alta de este suministro y ahora,además de haber pagado las facturas anteriores,me toca hacer frente a dicho gasto.Gracias.
Las deudas anteriores son cosas que puedes probar facilmente y exigibles.
Hola, Una cosa es el cambio del titular y otra es la domiciliacion de los suministro
si el casero te dice a ti que tienes que ser el titular de los suministro y lo teneis firmado en el contrato el dar de alta te toca ati
pero los recibos pendientes que se haga cargo el casero o los anteriores imquilinos tu ya no tienes nada que ver, ya que tu haces un nuevo contrato a tu nombre de los sumnistro del piso
pero si estos siguen estando a nombre del dueño y tan solo es el cambio de domiciliacion como bien te han dicho lo tendrias que aver puesto en el contrato el compromiso del casero de que te abonase la parte que le toque a el y tu solamente pagar desde el dia que firmas el contrato entra a vivir en el piso
yo con mis inquilinos cuando entra es lo primero que hago en el primer recibo ellos me dan el recibo y yo les doy lo que les pertenece y al siguiente recibo ya es todo de ellos y cuando se marcha tambien hay que sacar las cuentas y se abona la diferencia con la fianza del piso
el dueño no tiene obligacion de tener en alta los servicios del piso si en tener acceso a ellos para que el imquilino pueda darse de alta
pero debe estar todo reflejado en el contrato para poder demandar al casero lo que el incumpla del el contrato firmados por las dos partes
Habla vd de acuerdos al parecer verbales sin considerar que 'las palabras se las lleva el viento' solamente podrá reclamar aquello que pueda probar y que se fundamente en el contrato que tienen firmado.
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