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Luis

casero/a

Lampara de techno rota
El Inquilino dice que la lampara del techo del salon se ha roto porque se ha desprendido sola, pero que ya la ha sustituido por otra. El propietario dice que la lampara es imposible que se haya caído sola ya que lleva bien fija al techo más de 10 años y que lo más probable es que al desmontarla el inquilino para cambiarla por otra a su gusto, se le haya caído. El valor actual presupuestado por escrito de la lampara original es de 450¬ aunque no se conserva factura de la misma y el de la que el inquilino ha repuesto es de 50¬ Y si hay factura. No hay pruebas de que se haya caído sola ni de que al inquilino se le haya roto al caerse al suelo mientras la desmontaba para poner una que le gustaba mas o cambiarla de habitación. El inquilino ha tirado la lampara siniestrada sin la autorización del propietario y dice que lo ha hecho porque éste no ha ido a la vivienda.
Es el inquilino responsable con la fianza de cubrir el valor de la lampara original siniestrada o por el contrario es el propietario responsable por el posible desprendimiento de la lampara?
  • Preguntado por: Luis
  • Hace 6 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (1)
Luis ha sido el primero en contestar
  • Luis

    casero/a

    Al no haber prueba de que el inquilino haya roto la lampara, se entiende que esta se ha caído sola y por lo tanto no corresponde al inquilino abonarla. El inquilino ha actuado de buena fe y la ha repuesto, así que cuando finalice el alquiler, podrá llevarse su lampara. El propietario no puede por lo tanto descontar de la fianza el valor actual de reposición de la lampara siniestrada.
    • Respondido por: Luis
    • Hace 6 años
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