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yo no lo puedo comprar soy jubilada y el banco no me dada el dinero, me puede echar a la calle asi sin mas despues de tantos años.
Hola mariona:
coincido con la Sra Amparo. Pese a ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos para que la asesore sobre sus derechos de tanteo, retracto y capitalización de la renta.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Espero que tengas guardados TODOS los recibos desde el inicio del arriendo porque son la prueba de la existencia de un contrato verbal que es tan válido como uno escrito.
Si estás al día en el pago de la renta no puede echarte porque venda el piso. Podrá venderlo si lo desea, pero el comprador tendrá que respetar tu alquiler.
Ah, también debes saber que no estás obligada a mostrar el piso a nadie.
Saludos - Papeleos Alquiler.