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¿Se puede cobrar el IBI a un inquilino de renta antigua?
Lo que le he contestado es suponiendo que el contrato se celebrara antes del 9 de mayo de 1985.
la D. Transitoria segunda c).10.2 LAU 1994 prevé el derecho de repercutir el IBI para el arrendador:
C) Otros derechos del arrendador.
10.2. Podrá exigir del arrendatario el total importe de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que corresponderá al inmueble arrendado.
Saludos - Papeleos Alquiler
Hola monica:
Por favor, exponga la fecha de celebración del contrato y si, en años anteriores, se ha cobrado alguna vez el IBI al arrendatario.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
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