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Parece un truco para aumentar la renta, ya que los gastos del conserje se los facturan entre empresas que pertenecen al arrendador. Al ser un trabajador ya remunerado del arrendador, no supone gasto alguno para el mismo.
¿Cómo justificar que es un servicio de mejora innecesario?... Por la misma regla de tres, también podría poner un guarda jurado nocturno innecesario o un conserje por planta y así aumentar más la renta como servicios y suministros.
Puesto que no indicaba nada había interpretado que se trataba de un contrato de la LAU1994 en un arriendo de renta antigua se hace preciso examinar el contrato asímismo le reitero la lectura de mi blog donde tengo estudiado el tema de obras en esos contratos y la dificultad de surepercusión al inquilino
Hay que aclarar lo siguiente:
1. - es una vivienda.
2. - Contrato de 1973 en el que no dice absolutamente nada al respecto.
3. - no hay comunidad de propietarios, ya que todo el inmueble es de propietario único y éste es un grupo inmobiliario con diversas mercantiles.
la legislación y jurisprudencia aclara entre "obras necesarias" o de "mejora" (aun así no repercutibles en base a sts 21-05-09), pero no dice nada respecto "servicios necesarios" o de "mejora", que sería el caso del conserje innecesario.
gracias de antemano.
Si está hablando de un arrendamiento de vivienda el arrendador solamente puede repercutir los gastos de Comunidad si su cuantía figura especificada en el contrato, lo cual no será posible si es de nueva contratación, si está hablando de local de negocio, habrá que examianr ese contarto.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).