Cambio en las condiciones económicas del inquilino, ¿procede aumento de renta?
Hola,
el caso es el siguiente: tengo un piso alquilado desde 1967, y el titular falleció en 1.992. En aquel momento se subrogó en el alquiler su hija (que cumplía todos los requisitos para hacerlo). Llegado 1.995 con la entrada en vigor de la LAU 29/1994 esta persona alegó no tener recursos suficientes, por lo que no procedía la actualización (era estudiante y las circunstancias de su vida un tanto complicadas).
Hoy, ya pasados 19 años, me consta que esta persona tiene un buen trabajo y que convive con su pareja (que también tiene buenos ingresos), pero me sigue pagando la renta "antigua" con sus IPC's. ¿Existe alguna posibilidad de revisar esa renta de acuerdo con la LAU/94?
Gracias de antemano por su tiempo
Preguntado por:
Manuel Pregal
Hace 15 años
Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
Juan
profesional
El hecho de que la arrendataria se opusiera a la actualización de la renta en 1995 por no tener suficientes ingresos no impide la actualización posterior con dos condiciones.
1.- Que la situación económica de la arrendataria haya cambiado y supere individual o conjuntamente los límites de la regla 7ª del apartado D.11 de la Disposición transitoria segunda de la Ley de arrendamientos urbanos.
2.- Que la acción del arrendador no haya prescrito. Estas acciones prescriben a los 15 años desde el momento en que pudo ser ejercitada, es decir, desde el primer cumpleaños de contrato después del 1 de enero de 1995, fecha de entrada en vigor de la LAU.
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