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Vivo en un piso de renta antigua toda mi vida (mis padres ya vivían en él). Me casé hace tres años y mi pareja tiene un piso en propiedad (que a su vez tiene alquilado). Ayer recibimos un Bureau-fax del propietario de la finca (ahora es una empresa) comunicándonos que había perdido mis antiguas condiciones al tener mi pareja un piso en propiedad ¿es cierto?
La LAU de 1964 no establece nada de manera expresa, pero podría considerarse como tener a disposición otra vivienda en la misma localidad y por tanto daría lugar a que el propietario interrumpiese la prórroga anual y por tanto finalizase el alquiler. Plantéeselo a un abogado especialista.