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Soy propietario de una vivienda alquilada con una renta antigua. Ahora la comunidad de propietarios ha aprobado la instalacion de un ascensor (antes no habia). Mi pregunta es si el coste de esta obra, impuesta por haber un discacitado en el edificio, es posible repercutirla al ionquilino aplicando la DT segunda de la LAU.
Muchas gracias
Habría que examinar ese contrato de arrendamiento pero la respuesta es que resultará bastante problemático repercutir esos gastos, si el inquilino se niega a pagarlos.
Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ ahí tiene mas información y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).