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No tenemos contrato por escrito. Si jurisprudencia de pago, ya que les transfiero una vez al año el importe del total anual que previamente me notifican por burofax.
La renta la paga, desde sus inicios, mi suegra de 84 años y una minusvalía del 100%.
Hola,
desde la entrada en vigor de la LAU/94 los propietarios pueden repercutir el IBI en los arrendamientos de "renta antigua".
Incluso pueden promover un aumento de renta (que a todas luces no han hecho), al que el inquilino se puede oponer si el conjunto de personas que conviven en el domicilio no superan unos determinados ingresos.
Espero haber ayudado.