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Cari Bonet

inquilino/a

Actualmente vivo con mi madre mi marido y mis dos hijos, mi madre está enferma
Y mi pregunta es: tiene un contrato subrogado por mi padre que murió en 1985, mi padre fue el primer arrendatario en 1965, después pasó a mi madre cuando él murió, tengo yo derecho a ota subrogación, son pisos de renta limitada y si tengo derecho a la segunda subrogación, es indefinida? me subirán el alquiler?
  • Preguntado por: Cari Bonet
  • Hace 15 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (2)
Armando Perea ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Cuando fallezca su madre, aún queda una segunda subrogación en favor de la hija pero solo durante dos años, transcurridos los cuales el contrato quedará extinguido. Después podrá firmar un nuevo contrato en las condiciones que ambas partes acuerden libremente.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Tienes derecho a la segunda subrogación siempre que convivieses en la vivienda arrendada con tu madre cuando esta falleció, debes notificarlo al arrendador. No te pueden subir la renta, ahora bien las 2as subrogaciones se extinguen a los 2 años a no ser que tengas una minusvalía igual o superior al 65%, seas mayor de 65 años o percibas determinadas prestaciones públicas (entonces sería hasta tu fallecimiento, posteriormente no caben más subrogaciones).
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