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Hace poco más de una año que estoy en un ático de alquiler.
Al poco tiempo de entrar a vivir en el piso hubo un desprendimiento en la cornisa. A raiz del desprendimiento se hizo una valoración del estado y se deben hacer reformas importantes: cambio jardineras, cambio barandillas...
Las obras van a ser largas y nos afectaran de manera importante ya que tenemos muchos metros de terraza.
¿Puedo reclamar al propietario del piso una indemnización por las moléstias que van a causarme las obras? En caso afirmativo, ¿qué fórmula de cálculo puedo utilizar para aproximarme a la indemnización a solicitar?
Muchas gracias,
esto es lo que dice la ley:
2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.
Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
por tanto si las obras duran más de 20 días puedes pedir una reduccion de la renta en proporcion a la parte de la vivienda que no podrás usar.