Supongo que no habrá constancia escrita del compromiso de la inquilina para abandonar el piso en fin de julio, en tal caso no puede venderlo sin manifestar en la escritura que se encuentra con inquilino. Este tiene derecho de retracto, salvo que en su momento le comunicara fehacientemente la oferta de compra y haya transcurrido el plazo de tanteo.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
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