Natalia, si su contrato es anterior a 6/6/2013 está obligada a cumplir la duración pactada en el mismo o indemnizar al casero si se quiere marchar antes. Si es posterior a esa fecha puede marcharse ya y solo deberá indemnizar al casero, si así está previsto en el contrato, con medio mes de alquiler como máximo.
Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
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