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FERPESAN

casero/a

Tenemos una casa desde hace 3 años y medio y por motivos familiares tenemos que viajar al extranjero
Queremos alquilarla. ¿Qué tenemos que hacer o cuánto tendríamos que pagar a hacienda? estamos pagando hipoteca.
  • Preguntado por: FERPESAN
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Lo de las agencias está bien, y si conocéis alguna que trabaje bien, adelante. Pero el problema es que hay muchos caraduras en el sector o gente desinformada, y si dais con uno de ellos que no os lo lleve bien, estando en el extranjero es más dificil gestionarlo... Asique os voy a hablar de otras opciones:

    Lo más cómodo para vosotros es contratar a un administrador (cobran entre el 5-10% del alquiler, todos los meses). El se encargaría de gestionar los desperfectos, hablar con los inquilinos si hay algún problema con el pago, etc (bueno, realmente no hay que hacer mucho más todos los meses).

    Otra opción: si tenéis un seguro en la casa, quizá no necesiteis administrador: si surge algún desperfecto basta con que llameis a vuestro seguro. Un técnico irá al piso. Mira lo que pasa, y antes de arreglarno ni hacer nada, habla con vosotros.
    Si lo cubre el seguro, pues lo arregla y ya está. Si no lo cubre, dira si la avería es por mal uso de los inquilinos, asi que os lo tendrán que pagar ellos en la siguiente mensualidad. Si os corresponde pagarlo a vosotros, os lo pasarán por el cuenta y ya está.

    Siguiendo con esta opción, si no podéis por tiempo buscar a alguien para el piso le podéis encargar a alguien de confianza (pero de confianza de verdad y que sepais que tiene buen ojo con la gente y válido para hacer estas cosas), que se encargue de alquilaros el piso. Pagadle los gastos que tenga, como la gasolina, y si queréis una pequeña comisión
    Deberéis hacerle un poder notarial (cuesta alrededor de 50€, dependiendo de la notaría) para que os gestione el alquiler de ese inmueble: para que firme el contrato por vosotros y si sale algún problema que pueda alguien solucionarlo sin que tengáis que volver a España.

    Respecto a lo de la Renta:

    El casero se deducirá el 50% del alquiler si los inquilinos tienen entre 18 y 35 años.
    El casero se deducirá el 100% del alquiler si los inquilinos tienen entre 18 y 35 años y sus ingresos son mayores del IPREM (en el 2009 está fijado en 7.381,33 €).

    Pero como tenéis más cosas, como por ejemplo hipotéca, os recomiendo que acudais a una gestoría, que allí os dirán qué os conviene más. Porque incluso la gente que sabe hacerla, tendría que mirar muchas cosas y quizá mete la pata...

    Es decir, vais a tener que dejar a alguien al cargo de ciertas cosas. Yo recomiendo mejor acudir a profesionales que andar pidiendo favores (aunque tengáis luego detalles con ellos). ...
  • proelite

    profesional

    Nosotros como agencia nos encargamos de todo, de hecho tenemos muchos clientes que no viven aquí, ni siquiera es necesario que vengan. Mandamos los contratos originales por correo. Y en caso de avería tenemos gente que se encarga, de arreglarlo, y de determinar a quien corresponde el pago. Eso sí solo en la costa blanca de momento. El tema de hacienda, si son menores de 35 años no pagáis nada, entra dentro del plan de fomento de alquiler. Mayores pagáis la mitad. Mi consejo, en manos de una agencia.
    • Respondido por: proelite
    • Hace 15 años
  • Helena Haydeé

    casero/a

    Deben también mirar la documentación de la hipoteca pues las entidades bancarias no suelen permitir el alquiler de la vivienda hipotecada. Asimismo si van a resideir y trabajar en el extranjero deberán consultar el tema de la tributación por lo que le comentario del anterior compañero es muy procedente. Mejor que una agencia un administrador de fincas pues les puede solucionar temas como averías dado que las agencias inmobiliarias no suelen hacer esos temas y Ud.s vivieran fuera.
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    la pregunta se la deberían dirigir a su asesor fiscal, ya que la cuantía a pagar a Hacienda depende en gran medida de cada individuo.

    Respecto al trámite para alquilarla, si van a estar en el extranjero les recomiendo que pongan el tema en manos de una agencia inmobiliaria solvente o de alguien de su confianza con los conocimientos necesarios.

    Espero haberles ayudado.
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