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la pregunta es si hay que cobrar iva, pues cuando alquilaba en larga duración no repercutía el iva . Entendiendo que siempre se cobra a un particular.
Muchas gracias
Efectivamente como señala Crazyh la exención de IVA no exige solamente que el arrendatario sea una persona física sino también que se trate de su vivienda habitual, en los demás casos estará sujeto aIVA el alquiler.
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Alquiler de corta duración no creo q se pueda considerar "vivienda habitual", así que se tiene que facturar el iva.